La IA y la creación de nuevos delitos: ¿protección o censura?

México da marcha atrás en la criminalización del uso de inteligencia artificial
La regulación penal de la inteligencia artificial encontró en San Luis Potosí uno de sus casos más controvertidos.
La llamada “Ley Serrano” incorporó al Código Penal estatal delitos relacionados con el uso indebido de inteligencia artificial. Durante su vigencia se abrieron carpetas de investigación que llegaron ante jueces de control, mientras periodistas y organizaciones defensoras de la libertad de expresión cuestionaron el alcance de los nuevos tipos penales.
El debate escaló durante el verano y, finalmente, el 30 de julio de 2026, el Congreso de San Luis Potosí derogó las disposiciones penales relacionadas con el uso indebido de IA. Entre ellas se encontraban el artículo 187 Ter y los artículos 272 Bis y 272 Ter del Código Penal estatal.
El caso deja una lección para el Derecho Penal mexicano: crear nuevos delitos frente a fenómenos tecnológicos exige tipos penales claros, precisos y compatibles con la libertad de expresión. La protección frente a deepfakes, suplantación y manipulación digital no necesariamente requiere recurrir al Derecho Penal en todos los casos.



